La
magistratura de la persuasión
Los informes del Defensor del Pueblo de España
(1983-1987)
y de Perú (1998-2002) |
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En los próximos días, PALESTRA Editores, publicará
la obra “La magistratura de la persuasión: Los
informes del Defensor del Pueblo de España (1983-1987) y de
Perú (1998-2002)”, de Miguel Donayre Pinedo,
colaborador de la revista electrónica de La Rama Torcida. En
la obra se aborda uno de los principales instrumentos- en clave de
Derecho comparado, que tiene el Defensor del Pueblo en la labor cotidiana
frente a las Administraciones Públicas y en defensa de la ciudadanía
como son los informes de esta institución de garantía
institucional.
Así tenemos que muchos de estos informes del Defensor del Pueblo
han encendido las alarmas rojas ante el desdibujamiento de la democracia
en Perú en el régimen de Alberto Fujimori o han sido
persuasivos para la derogación del injusto y racista Servicio
Militar Obligatorio en Perú que ahora torpemente quieren volver
a hacerlo vigente o en el caso de España el “ Informe
sobre violencia en el ámbito escolar: El maltrato entre iguales
en Enseñanza Secundaria Obligatoria 1999-2006 (2007)”
o del interesante “Informe sobre daño cerebral sobrevenido
en España: un acercamiento epidemiológico y sociosanitario
(2006)”. Es decir, han contribuido los informes del Defensor
del Pueblo a la vigencia de los derechos constitucionales a favor
de la ciudadanía. A continuación publicamos el prólogo
hecho por Samuel Abad Yupanqui, Primer Adjunto a la actual Defensora
del Pueblo de Perú. |
LA IMPORTANCIA DE LOS INFORMES DEFENSORIALES
A propósito de un nuevo libro de Miguel Donayre
La figura del Ombudsman, expresión que puede traducirse como
el "representante de otra persona", aparece por vez primera
en la Constitución sueca de 1809, aunque con antecedentes que
datan de principios del siglo XVIII. Posteriormente se introduce en
Finlandia (1919), país que antes había formado parte
de Suecia, y Dinamarca (1953). Como anota Fix Zamudio, a partir de
la primera posguerra el Ombudsman ha inspirado el nacimiento de organismos
similares en los restantes países escandinavos, y, con posterioridad
a la segunda guerra mundial, ha logrado universalizarse al ser incorporado
en los diversos ordenamientos jurídicos.
Con posterioridad a su inicial introducción en países
escandinavos como Suecia, Finlandia y Dinamarca, así como las
variaciones introducidas por Gran Bretaña (Parliamentary Commissioner
for Administration), Francia (Mediateur), Portugal (Proveedor de Justicia)
y España (Defensor del Pueblo); en América Latina paulatinamente
viene tomándose conciencia sobre su importancia. En efecto,
a partir de la década de los noventa, etapa que cuenta con
puntuales antecedentes, se aprecia un especial interés por
incorporar al Ombudsman -con denominaciones como Defensor del Pueblo,
Procurador de los Derechos Humanos, Defensor de los Habitantes o Comisionado
Nacional de Derechos Humanos- a los ordenamientos nacionales por lo
general en el marco de sendos procesos de reforma institucional.
Esto último ha sucedido en países como Puerto Rico (1977),
Guatemala (1985), Brasil (1986 en el Estado de Paraná), México
(1990), El Salvador (1991), Colombia (1991), Costa Rica (1992), Paraguay
(1992), Honduras (1992), Perú (1993), Argentina (1993), Bolivia
(1994), Nicaragua (1995), Ecuador (1996), Venezuela y Panamá.
De esta manera, puede apreciarse que en el plano internacional, existe
una fuerte y activa corriente que viene promoviendo la introducción
de instituciones de esta naturaleza en los países de América
Latina, pues constituye una señal positiva de que se vienen
dando los pasos necesarios para respetar los derechos de las personas
y fortalecer su institucionalidad democrática.
El Perú no ha permanecido ajeno a estas influencias. Es así
que la Constitución de 1979 otorgó algunas funciones
de defensoría del pueblo al Ministerio Público. La Constitución
vigente (1993), optó por modificar la anterior situación
incorporando a la Defensoría del Pueblo como órgano
autónomo (artículos 161 y 162).
Precisamente, el 11 de setiembre del año 2006 la Defensoría
del Pueblo cumplió diez años de haber abierto sus puertas
al público y sigue manteniendo vigente la credibilidad obtenida,
bajo el liderazgo de la primera Defensora del Pueblo, la Dra. Beatriz
Merino Lucero.
En este contexto resulta de especial relevancia la publicación
de un nuevo libro de Miguel Donayre cuyo objetivo es analizar los
informes de las Defensorías del Pueblo de España y Perú
durante los años 1983 a 1987 y 1998 al 2002, respectivamente.
Miguel reúne condiciones especiales que dan particular realce
al presente libro pues no sólo transmite en él su formación
académica sino, además, la experiencia de haber trabajado
durante varios años en la Defensoría del Pueblo del
Perú como Jefe de la Oficina Defensorial de Loreto. De ahí
que conjugue en su trabajo dos visiones que no siempre se encuentran
presentes en los especialistas y que son particularmente relevantes
en quienes se desarrollan en las Defensoría del Pueblo de Latinoamérica,
cuyo común antecedente es el Defensor español pero que
se separan del mismo por la necesidad de adaptarse a sus propias realidades.
El autor distingue tres tipos de informes que suelen elaborar las
Defensorías del Pueblo en España y Perú. Por
un lado, los informes anuales que se presentan y sustentan ante el
Congreso de la República, de otro lado los informes extraordinarios
que se presentan cuando así lo solicita el Congreso y finalmente
los informes monográficos o como se les llama en el Perú
informes defensoriales.
Con estos informes las Defensorías del Pueblo no sólo
rinden cuentas de su actuación sino a la vez aportan con sus
puntuales recomendaciones a la marcha del Estado y al respeto de los
derechos fundamentales. Precisamente en el Perú los informes
defensoriales lo que pretenden es supervisar las políticas
del estado en determinadas materias, por ejemplo salud o educación,
y sobre esa base verificar que se respeten los derechos fundamentales.
Ello pues lo que se ha venido apreciando es que no basta con atender
las quejas individuales que se presentan cotidianamente, sino que
resulta indispensable supervisar las políticas públicas
y de esa manera aportar al funcionamiento de un Estado que garantice
los derechos de las personas. A ese objetivo se vienen destinando
los informes defensoriales.
Así lo entiende y desarrolla Miguel Donayre en su nuevo libro
que estoy seguro contará con la acogida del público.
Y es que el autor no sólo reúne calidades académicas
sino especiales calidades humanas. De ello puedo dar testimonio pues
conozco al autor desde cuando ambos éramos estudiantes universitarios
y su compromiso con la cultura y con el respeto de los derechos lo
caracterizaba desde esa época.
Luego de diez años de funcionamiento de la Defensoría
del Pueblo, es posible advertir que se ha convertido en unas de las
instituciones públicas más legitimadas del país,
pese a las limitaciones presupuestales y al contexto autoritario en
el que inicialmente le correspondió convivir. Las reflexiones
que fluyen del libro de Miguel Donayre contribuirán, sin duda,
al mejor desarrollo de los informes que elaboran las Defensorías
del Pueblo. Con ello se aporta no sólo al debate académico
de estos informes, sino también al cabal entendimiento de lo
que ellos significan en nuestros países que aún requieren
del afianzamiento de las instituciones democráticas.
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Samuel
B. Abad Yupanqui
Primer Adjunto a la Defensora del Pueblo |
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